MONARQUÍAS Y REPÚBLICAS-EL CASO DE ISABEL II Y JUAN CARLOS I

Diferencias entre Monarquías y Repúblicas-Monarquía española

Hacemos un recorrido por las diferentes formas de Estados, Monarquías y Repúblicas, y cada cual que saque sus propias conclusiones de lo que es mejor. España y todas las Monarquías Europeas son constitucionales o parlamentarias. En la actualidad nos encontramos otras no constitucionales como podemos ver en el siguiente enlace: «MONARQUÍAS EN EL MUNDO», un gran número de países con repúblicas y algunos que Gobiernos provisionales.

Tipos de monarquías y Repúblicas

La Monarquía

Cuando un país tiene como forma política una Monarquía, puede ser de tres tipos:

  • Parlamentaria o Constitucional. Jefe del Estado es el Rey y su poder está controlado por el poder ejecutivo y por el legislativo. con separación de poderes. (Ejemplos: España, Gran Bretaña, Holanda, Dinamarca, Jordania, Japón).
  • Semi-constitucional. Intermedia entre constitucional y absoluta. El poder del monarca no es total, pero lo ejerce ampliamente en varios planos y a nivel político. (Ejemplos: Marruecos, Mónaco, Tailandia, Malasia).
  • Absoluta. El Rey tiene el poder absoluto (Ejemplo: Swazilandia, Arabia Saudíta). Hay variantes como Emiratos. (Ejemplo: Emiratos Árabes Unidos) y Sultanatos (Ejemplo: Catar).

Las Repúblicas

Otra forma de gobierno equivalente a la Monarquía es la República, “forma de gobierno caracterizada por la división de poderes del Estado, en el marco de un régimen político electivo, representativo, alternativo y responsable” (Borja, 2012), aunque su implantación depende de la historia, cultura y constitución votada en cada país. Pocos países en el mundo pueden tener a un Rey como Jefe de Estado.

Cuando un país tiene una República, puede ser:

  • Presidencialista. El Jefe del Estado coincide con el Jefe del Gobierno ejecutivo. (Ejemplos: Estados Unidos, Países Iberomericanos).
  • Parlamentarista. El Jefe del Estado tiene poderes limitados por los poderes legislativo y ejecutivo. (Ejemplos: Alemania, Italia).
  • Semi-Presidencialista. Las funciones ejecutivas son compartidas entre el Jefe del Estado y el Primer Ministro o Jefe del Gobierno. (Ejemplo: Francia).

¿Cuál es tu opinión?

¿Estás a favor de la Monarquía en España?

Cargando ... Cargando ...

LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA y la corona

Tras siglos de destacada historia acumulada, los españoles llegaron a votar mayoritariamente su Constitución en 1978, la cual cumplirá su 50 Aniversario en 2028

Es una Constitución que no está agotada, que de modificarse ha de hacerse según los procedimientos contenidos en la misma. (Título X. De la reforma Constitucional, CE)

En España, la soberanía reside en el pueblo y su Rey es el Jefe del Estado. Artículo 1 de la Constitución:
  1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
  2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
  3. La forma política del Estado español es la Monarquía Parlamentaria.

Monarquía española

En España contamos con una Monarquía Parlamentaria, que da continuidad a la Jefatura del Estado como representante de la Nación. Primero, el Rey Juan Carlos I lideró un período muy destacado de transición política hacia la modernidad, ensombrecida ligeramente por asuntos privados que no borran el balance positivo de su imprescindible y valiosa aportación a España.

Su sucesor El Rey, Felipe VI, ha avanzado aún más, demostrando un nuevo liderazgo y sensatez en tiempos muy difíciles. Sus respectivas consortes, la Reina Sofía y la actual Reina, Leticia, han demostrado comportamientos que superan las expectativas en cuanto a sus respectivas funciones.

La Princesa heredera, Leonor, aún con su corta edad, ya apunta cualidades muy destacadas.

MONARQUÍAS Y REPÚBLICAS

El Rey, Felipe VI, ejerce la Jefatura del Estado bajo el control del poder legislativo o Parlamento y del poder ejecutivo o Gobierno. Además, la Constitución, recoge en su Artículo 2, la indisoluble unidad de la Nación española, y el derecho a las autonomías y las competencias de estas y del Estado.

Las competencias del Rey, Felipe VI, están recogidas en el Artículo 62 de la Constitución.

Citando el aspecto funcional, los países democráticos avanzados se gobiernan tanto con monarquías como con repúblicas, mientras que en el aspecto económico, que es posiblemente uno de los temas de debate entre los
partidarios de uno u otro sistema, hay que decir que el presupuesto de la Casa Real española se encuentra comparativamente entre los más bajos de Europa.

Medios digitales se hacen eco de esta diferencia y de lo difícil que es valorar cual es más rentable, pues verdaderamente en muy complejo medir los factores estatales, diplomáticos e intangibles de cada país. (Público.es).

La Corona española, lejos de ser una institución arcaica, ha evolucionado con el tiempo, adquiriendo un prestigio equivalente a cualquier república moderna, y viceversa.

Diferencias entre Monarquías y repúblicas

Dos factores diferenciales importantes entre Monarquías y Repúblicas:

  • La monarquía es hereditaria y apartidista, al no depender de ningún partido ni expresar sus preferencias de carácter político. Se trata, en el caso de nuestro país, de un “Rey para todos los españoles” como vienen demostrando los reyes y reinas en España desde 1978. La sucesión está recogida en el artículo 57 de la Constitución, votada por amplia mayoría en España.
  • Por su parte, los Presidentes de República van cambiando y se eligen por los partidos políticos y el Congreso, no por los ciudadanos, según el tipo de República.

Monarquías y Repúblicas constitucionales

Las Monarquías y Repúblicas constitucionales suelen ser perfectamente equiparables en eficacia en países democráticos avanzados. En ambas formas políticas se respeta su Constitución, la figura del Jefe del Estado, los símbolos patrióticos tales como la bandera, himno nacional, etc.

Ejemplos de repúblicas Parlamentarias son Alemania e Italia, en donde el jefe del Estado tiene que cumplir una serie de condiciones:

  • La Constitución de Alemania, recoge que el Presidente de la República se elige por la Asamblea Federal, formada por miembros de la Dieta Federal y otros miembros elegidos por las asambleas de los distintos Estados. Además debe tener nacionalidad alemana y más de 40 años. (+Info)
  • En Italia, es el Parlamento quien elige al Presidente con participación de representantes regionales. (+Info)

En nuestro país si hubiese una República Parlamentaria, deberían elegir al Jefe del Estado los representantes del Parlamento y del Senado.

Como conclusión hay que decir que, a pesar de la demagogia expresada a veces por los valedores y los detractores de uno u otro sistema:

  • Ni los reyes ni los presidentes de las repúblicas son votados directamente por sus ciudadanos.
  • Las monarquías y repúblicas constitucionales, son sistemas políticos legítimos y equiparables en cuanto a sus funciones, eficacia y presupuestos, en las democracias avanzadas europeas.

Fuentes:

Constitución

Enciclopedia Política

Iniciativa 2028


Autor: Filomena López | Artículos de Filomena López
Filo López es Licenciada en Ciencias Matemáticas con especialidad en Metodología didáctica por la Universidad Complutense de Madrid. Escritora y bloguera especializada en la Historia de las Matemáticas.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies