Enlazamos un artículo que analiza la diferencia entre nacionalidad y ciudadanía a propósito de la llamada «Ley de Nietos«. Sostiene que adquirir la nacionalidad española no debería implicar automáticamente el derecho de sufragio, planteando un debate constitucional sobre quién debe formar parte del cuerpo electoral y la conveniencia de desvincular ambos conceptos jurídicos.
Los nietos no pueden votar sin vínculo de residencia
La sociedad evoluciona y la ciencia política también debe hacerlo. Pero esa evolución debe ser impulsada por líderes éticos, los líderes de Partidos políticos no siempre lo son, porque últimamente priorizan de manera enfermiza su «partidismo» sobre el «bien común» general.
La perversa Ley de Memoria Democrática, la demagógica Ley de Nietos y consiguiente nacionalización de socialistas por el mundo, es una nueva argucia del Sanchismo, para obtener votos ya que no puede conseguir adhesiones (misma argucia que intento amañando urnas y votaciones dentro de su partido en la calle Ferraz de Madrid el 1 octubre 2016, cuyos videos inculpatorios han aparecido en abril de 2026).
Estar nacionalizado jurídicamente, no puede dar derecho automático al voto, salvo que se acompañen de ciertos requisitos por vínculos de residencia, pago de impuestos en España, pago del impuesto de patrimonio, debido a las contrapartidas que podrían exigir estos nacionalizados en servicios de sanidad, pensiones no contributivas y otras ventajas. Pero con ello, el burdo montaje Sanchista se vendría abajo.
Agustín Ruiz Robledo se explica con gran acierto y detalle esta cuestión básica para el futuro de nuestra Democracia.
LEY DE NIETOS: ¿POR QUÉ NACIONALIDAD Y VOTO TIENEN QUE IR UNIDOS?
«Durante siglos hemos dado por supuesto que la adquisición de la nacionalidad conlleva automáticamente la concesión del derecho de sufragio. Pero el crecimiento extraordinario del CERA con personas que no tienen una real vinculación con el territorio nos obliga a replantearnos ese automatismo»…




