Educación de calidad

La educación nos interesa a todos

Una de las claves de la Sociedad es la educación, que nos debe interesar a todos. Fomentar su calidad es tarea primordial.

Una de las decisiones más difíciles para los padres es elegir el colegio de sus hijos.

En sus decisiones influyen:

  • El lugar de residencia.
  • La oferta educativa de su entorno.
  • El nivel económico de la familia.
  • Las creencias religiosas.
  • El nivel académico del Centro.

Según el artículo 27 de la Constitución la educación es un derecho reconocido.

  1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
  2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
  3. Los Poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
  4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
  5. Los Poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.
  6. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de Centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.
  7. Los Profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los Centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la Ley establezca.
  8. Los Poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las Leyes.
  9. Los Poderes públicos ayudarán a los Centros docentes que reúnan los requisitos que la Ley establezca.
  10. Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la Ley establezca.

Enseñanza pública y privada

Educación concertada

Según recoge la Constitución es un derecho garantizado que todos los alumnos reciban educación básica pública y gratuita.

Pero también reconoce la libertad de enseñanza y la creación de Centros privados con el control correspondiente de la Inspección pública.

Enseñanza Concertada

La LODE, en el año 1985 durante el Gobierno del PSOE, y bajo la Presidencia de Felipe González, amplía la educación básica hasta los 16 años.

El número de plazas de la enseñanza pública no puede asumir la ampliación. Por esta razón se añade al artículo 1 anterior, el apartado siguiente:

«Para el sostenimiento de Centros privados con fondos públicos se establecerá un régimen de conciertos al que podrán acogerse aquellos centros privados que, en orden a la prestación del servicio público de la educación en los términos previstos en esta Ley, impartan la educación básica y reúnan los requisitos previstos en este Título. A tal efecto, los citados Centros deberán formalizar con la Administración educativa que proceda el pertinente concierto”.

Leyes posteriores como la LOGSE de 1990, LODE, LOCE recogen las ayudas a la concertada en los niveles de Primaria y Secundaria.

Asignación de fondos públicos a la concertada

Las asignaciones se atribuyen con un Acuerdo del Centro con la Comunidad Autónoma correspondiente.

Estas asignaciones cubren:

  • Salarios del personal docente.
  • Gastos de personal de administración y servicios, las ordinarias de mantenimiento y conservación y las de reposición de inversiones reales. Estos gastos deben ser justificados y no son remunerados en su totalidad desde el 2003. Si son superiores a la previsión de la asignación corren a cargo de los Centros.
  • Gastos variables o dinero para antigüedad y sustituciones del profesorado ante bajas justificadas, según la LODE.
  • No financia el comedor ni al servicio que conlleva.

Los conciertos educativos son una opción más económica para el Estado

El gasto por alumno para el Estado es menor en la concertada que en la pública, en la diferencia de gasto influyen varios factores:

  • Los Profesores de la concertada cobran menos que en la pública.
  • Tienen más horas lectivas que los de pública.
  • Tienen más alumnos por clase, siempre atendiendo a la Ley.
  • Los colegios públicos cubren poblaciones con población más dispersa y esto incrementa el coste por ejemplo con el trasporte.
  • El comedor en la pública es gratuito. En la concertada no está incluido en el concierto
  • En las comunidades con menos renta hay menos concertada. La administración y el mantenimiento del Centro no está dentro del concierto y lo cubren las familias.
  • Suelen tener una hora lectiva más que voluntariamente pagan los padres.

¿Cuánto se paga en un Colegio Concertado?

La enseñanza obligatoria en los colegios concertados es gratuita para los padres.

Los complementos añadidos a lo obligatorio, son los que hacen que no resulten gratuitos.

Artículo 50 y 51 de la LODE

  • El régimen de conciertos que se establece en el presente Título implica, por parte de los titulares de los Centros, la obligación de impartir gratuitamente las enseñanzas objeto de los mismos.
  • En los Centros concertados, las actividades escolares complementarias y las extraescolares y los servicios escolares no podrán tener carácter lucrativo. El cobro de cualquier cantidad a los alumnos en concepto de actividades escolares complementarias deberá ser autorizado por la Administración educativa correspondiente.
  • En los Centros concertados, las actividades extraescolares, así como las correspondientes cuotas que deban aportar los usuarios, deberán ser aprobadas por el Consejo Escolar del Centro y comunicadas a la Administración educativa correspondiente.
  • Estas actividades no podrán formar parte del horario escolar del Centro. Las Administraciones educativas establecerán el procedimiento de aprobación de los servicios escolares que presten los Centros y de sus correspondientes cuotas. El cobro de ambos tipos de actividades podrá contribuir al mantenimiento y mejora de las instalaciones.
  • Las Administraciones educativas regularán las actividades escolares complementarias extraescolares y los servicios escolares de los centros concertados, que en todo caso tendrán carácter voluntario.

Por todo ello, los diferentes precios oscilan aproximadamente entre 60 y 200 euros al mes con excepciones.

Además se contempla:

  • En todo caso, la enseñanza deberá ser impartida con pleno respeto a la libertad de conciencia.
  • Toda práctica confesional tendrá carácter voluntario.

Los Centros privados tienen su propio ideario

  • Los titulares de los Centros privados tendrán derecho a establecer el carácter propio de los mismos, respetando, en todo caso, los principios constitucionales y los derechos reconocidos a profesores, padres y alumnos.
  • Que el carácter propio del Centro deberá ser puesto en conocimiento de los distintos miembros de la comunidad educativa por el titular del Centro.
  • La elección del Centro por las familias y alumnos comportará la aceptación del carácter propio de éste.
  • Los trabajadores se rigen por el convenio de enseñanza privada.

El régimen de los Centros tanto privados como concertados está sujeto a la última Ley de educación LODE, Ley Orgánica 8/1985.

Conclusiones

Los fondos recibidos por parte del Estado están sometidos a la Inspección pública siempre al servicio público en cualquier tipo de Centro.

Los Centros concertados son religiosos en un 70%, los demás son laicos. El Estado no paga con fondos públicos el hecho de ser religiosos. Paga lo acordado dentro de la Ley LODE.

La libertad para elegir Centro está reconocida en la Constitución.

La asignación de un Centro también lo rige la Ley educativa y los Centros se acogen a ella.

Un 28% de alumnos de enseñanza obligatoria están escolarizados en Centros concertados. Un 3,7% en privados y el resto en públicos. Hay diferencias entre Comunidades, desde Melilla con un 17,5% a País Vasco con un 49,1%. La siguiente Comunidad con más concertada es Madrid con un 36,9%.

Factores que influyen en las diferencias educativas

Entendemos que el principal factor es económico y el segundo de inspección por parte de la administración.

Los Centros Concertados y Privados ofrecen un ideario que hacen público a los padres.

Los padres son libres de elegirlos.

Nos preguntamos: ¿hay suficientes Centros públicos para todos y con el suficiente control y medios?

Algo se está haciendo mal cuando la calidad de enseñanza tiene tantas diferencias entre los distintos Centros y las distintas Comunidades.

¿Será una cuestión de control de Centros y de inversión económica en la enseñanza?

La educación, esquema general

Ángela Melero, Presidenta de Concapa: «La educación concertada le sale barata al Estado»

«La Confederación Católica de padres consideran que la financiación que recibe un alumno en la pública «no tiene nada que ver» con la de uno en la concertada».

«Los profesores y los alumnos son los dos pilares básicos que conforman la comunidad educativa»…

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Fuentes

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Autor: Filomena López | Artículos de Filomena López
Filo López es Licenciada en Ciencias Matemáticas con especialidad en Metodología didáctica por la Universidad Complutense de Madrid. Escritora y bloguera especializada en la Historia de las Matemáticas y en Agricultura de precisión.

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